Si SERMIG le solicitó una cartola bancaria, un certificado de saldo, un estado de cuenta u otro antecedente financiero extranjero, realizamos la traducción al español con gestión notarial mediante Firma Electrónica Avanzada y entregamos el expediente digital preparado para este trámite.
En la Prórroga de Permanencia Transitoria, el Servicio Nacional de Migraciones exige que el documento bancario cuente con verificación digital o comprobación electrónica; de no contar con ella, debe legalizarse ante notario mediante Firma Electrónica Avanzada. Además, SERMIG establece expresamente que “Todo documento que no sea emitido en español o inglés, deberá además contar con una traducción oficial y estar legalizado ante notario mediante firma electrónica avanzada”.
Ya hemos realizado este procedimiento con documentación financiera extranjera destinada a SERMIG. El formato de traducción y la tramitación notarial que utilizamos han sido presentados y aceptados en expedientes reales.
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1. ¿Cuándo exige SERMIG la traducción y la legalización notarial de los antecedentes financieros?
Los antecedentes financieros permiten acreditar que el solicitante dispone de recursos para permanecer en Chile durante el período correspondiente. El artículo 75 del Reglamento de la Ley N° 21.325 exige aportar “elementos que acrediten que el interesado cuenta con medios lícitos de subsistencia” durante la prórroga.
Para los documentos bancarios, las instrucciones actuales de SERMIG agregan una exigencia concreta: la cartola, el certificado o el estado de cuenta debe contar con “algún medio de verificación digital o comprobación electrónica”; si carece de este mecanismo, debe legalizarse ante notario mediante Firma Electrónica Avanzada.
Para este trámite, los documentos emitidos en español o en inglés no requieren traducción; si están emitidos en otro idioma, SERMIG exige una “traducción oficial”, requisito que atendemos mediante traducción certificada y legalización notarial con Firma Electrónica Avanzada.
2. ¿Qué documentos financieros pueden traducirse para SERMIG?
Dependiendo del requerimiento, pueden traducirse:
- cartolas bancarias;
- estados de cuenta;
- extractos bancarios;
- certificados de saldo;
- certificados bancarios;
- antecedentes de inversiones y fondos;
- otros documentos financieros utilizados para acreditar la disponibilidad de recursos.
Las instrucciones de SERMIG sobre medios de subsistencia también contemplan los comprobantes de retiro y la documentación correspondiente a las personas sostenidas económicamente por terceros.
3. ¿Qué incluye la traducción notarial de un estado de cuenta o de un certificado bancario?
En estados de cuenta, cartolas y otros antecedentes financieros debe mantenerse la correspondencia exacta entre fechas, conceptos, movimientos, monedas y saldos, especialmente cuando existen varias páginas de operaciones o tablas complejas. La traducción se prepara en formato espejo para que cada cifra pueda relacionarse fácilmente con su posición en el documento original, conservando, además, las denominaciones de productos financieros, tipos de cuenta, identificadores y referencias de operaciones.
Preparación para la intervención notarial
La traducción se maqueta desde el inicio para la intervención notarial. En nuestro procedimiento, la notaría incorpora una hoja al comienzo y firma la última hoja de la traducción, por lo que el archivo queda listo antes de enviarlo.
La certificación del traductor y la actuación notarial tienen funciones distintas: el traductor certifica la fidelidad de la traducción y firma electrónicamente el certificado; el notario incorpora la actuación exigida en el expediente.
Conversión de la cifra principal a pesos chilenos
Cuando el documento está expresado en moneda extranjera, incorporamos una Nota del Traductor con la equivalencia referencial de la cifra principal en pesos chilenos, calculada según el tipo de cambio informado por OANDA en la fecha de la conversión.
4. ¿Cómo se realizan la traducción, la revisión y la gestión notarial con FEA?
1. Revisión del documento. Revisamos el archivo para determinar el número de páginas, el idioma, la legibilidad y las características de la traducción.
2. Traducción y formato. Traducimos el documento al español, reconstruimos las tablas, los movimientos y los campos, y dejamos el archivo preparado para la intervención notarial. Cuando existe una cifra principal en moneda extranjera, incorporamos también la Nota del Traductor con su equivalencia en pesos chilenos.
3. Revisión del cliente y certificación. Antes de cerrar la traducción, enviamos el documento para verificar nombres, cifras, monedas y otros datos relevantes; con el visto bueno del cliente, incorporamos la certificación de fidelidad y la Firma Electrónica Avanzada del traductor.
4. Gestión notarial y entrega. Terminada la traducción y la certificación, tramitamos el expediente a través de PortalFirma.cl; la notaría incorpora sus certificaciones y entregamos el PDF final una vez concluido el trámite.
Según la guía de SERMIG sobre Firma Electrónica Avanzada, las actuaciones notariales electrónicas deben permitir verificar su autenticidad mediante mecanismos como códigos QR o códigos de barras.
Cada parte responde por algo distinto:
- el banco emite el antecedente financiero;
- el traductor certifica la fidelidad de la traducción;
- el notario realiza la actuación notarial requerida;
- SERMIG determina si los antecedentes acreditan con suficiencia los medios de subsistencia.
Hemos utilizado este procedimiento con documentación financiera emitida en distintos países, incluidos casos procedentes de Brasil y China. El formato notarial ya ha sido presentado y aceptado ante el SERMIG en expedientes reales.
5. ¿Cuánto demora y cuánto cuesta una traducción notarial para SERMIG?
La traducción se cotiza según el número de páginas, el idioma y la densidad del documento. A ese valor se suma la gestión notarial, cuyo costo es actualmente de aproximadamente $25.000.
En documentos financieros breves, la traducción suele estar lista en 24 horas y la notaría requiere alrededor de 24 horas adicionales.
| Su situación | Qué hacemos |
|---|---|
| Tiene una cartola o estado de cuenta extranjero | Revisamos idioma, páginas, contenido y formato |
| El documento requiere traducción al español | Realizamos la traducción íntegra y reconstruimos el formato |
| Necesita la traducción notarial para SERMIG | Preparamos el expediente y gestionamos la actuación notarial |
| El documento está expresado en moneda extranjera | Agregamos la equivalencia de la cifra principal en CLP según OANDA |
| La traducción está lista para revisión | La enviamos para visto bueno antes de incorporar la certificación definitiva |

Escrito por Héctor Milla, traductor e intérprete de enlace de la Escuela Americana de Traductores e Intérpretes (EATRI) y magíster en educación con mención en inglés de la Universidad Central de Chile. Coach profesional certificado por la Pontificia Universidad Católica de Chile.
Miembro núm. 2.660 de la Asociación Internacional de Traductores e Intérpretes Profesionales (IAPTI).
Héctor Milla Guerrero
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